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Foto del escritorArmando Bienestar

Operación Renta 2024: cambios y recomendaciones para contribuyentes.


Como cada año, el Servicio de Impuestos Internos (SII) realiza la Operación Renta, un trámite obligatorio que deben realizar los contribuyentes con el objetivo de declarar la renta obtenida durante el año anterior.


Este 2024, la Operación Renta tendrá una serie de modificaciones para los contribuyentes.

Estos cambios incluirán desde el pago de pensiones alimenticias hasta la información de bienes arrendados y los antecedentes de organizaciones sin fines de lucro.


El propósito de ello, es optimizar la exactitud y la transparencia en la información entregada al SII.


¿Quiénes deben realizar la Operación Renta 2024?


La Operación Renta 2024 debe ser realizada por las siguientes personas, de acuerdo con lo indicado por el SII:

  • Personas que tuvieron un ingreso anual superior a los $10.402.992, a excepción que el monto corresponda a sueldos de un solo empleador o pagador.

  • Quienes tuvieron más de un empleador o pagador.

  • Personas que trabajaron a honorarios y quieren optar a la cobertura total o parcial para sus cotizaciones previsionales.

  • Quienes solicitaron el Préstamo Solidario en 2020 y/o 2021, ya que, en esta próxima Operación Renta, se calcularán y pagarán las cuotas que correspondan.

  • Todas las empresas tienen que presentar su declaración de renta.

  • Quienes no formen parte del listado, pero deseen acceder beneficios o créditos tributarios, como la Rebaja de Intereses por Dividendos Hipotecarios o el Crédito por Gastos en Educación, pueden realizar el trámite de igual manera.

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¿Qué cambios tendrá la Operación Renta 2024?


Pensión de alimentos.

Las personas que se encuentren en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, y que pudieran tener devolución de impuesto, el dinero será retenido por parte de la Tesorería General de la República con el fin de pagar dichas deudas.


Tasa rebajada de impuesto para las PYME.

La Ley N°21.578 publicada el 30 de mayo de 2023 extendió por dos años comerciales ladisminución transitoria del Impuesto de Primera Categoría (IDPC) para las pyme.


De esta forma, para este año tributario 2024 las pyme deben aplicar una tasa de 10% de impuesto corporativo en vez del 25% que hubiese aplicado sin esta extensión.


Beneficio tributario por compras de viviendas nuevas.

Es un beneficio que permite que las personas que han solicitado un crédito con garantía hipotecaria para la compra de una vivienda nueva con destino habitacional, accedan a una rebaja de los impuestos a pagar o una devolución si corresponde, por el monto pagado como dividendos.


Puede acceder a él las personas naturales con residencia o domicilio en Chile que adquieran una vivienda y cumplan con las características y condiciones que establece la Ley N°21.631.


Rentas por arriendos.

Si la renta proviene del arrendamiento de bienes raíces no agrícolas (departamentos, bodegas, estacionamientos, etc.) que se acreditan por contrato, estas se gravan con impuesto global complementario y se otorga la posibilidad de aplicar las contribuciones de bienes raíces pagadas por dicho inmueble.


“Esta actualización aplica para arriendo de bienes raíces, la cual elimina el parámetro de informar sobre MM$30 y obliga a presentar a todo aquel que este arrendando estos bienes, lo que permitiría obtener mayores antecedentes para el control del impuesto”, indicó a EL DÍNAMO, Carlos San Martin, gerente tributario de Auditeris.


Junto a ello, esta actualización también incluye a personas o empresas que arriendan inmuebles para el desarrollo de las actividades definidas en el artículo 20 de la Ley sobre el Impuesto a la Renta.


Montos bancarios.

Los bancos e instituciones financieras se encuentran obligadas a informar al SII los saldos y sumas de abonos en cuentas financieras (cuenta corriente, ahorro, plazo, etc.) cuando registren un movimiento diario, semanal o mensual igual o superior a 1.500 UF.


Declaración jurada sobre organizaciones sin fines de lucro.

Según detalló el SII, se modifica desde UF 12.000 a UF 4.000 el mínimo de ingresos que se obliga a informar, lo que incluye la información relativa a una serie de partidas, como ingresos, gastos y otros antecedentes.


“Esto significa que se amplía el universo de organizaciones sin fines de lucro obligadas a presentar esta declaración jurada. Esta nueva resolución que busca mayor transparencia y que podría responder en alguna medida al caso convenios, incluye además a las Organizaciones No Gubernamentales (ONG´s) que reciban dinero proveniente del extranjero cuyas donaciones sean superiores a los 10 mil dólares estadounidenses”, indicó el experto.




Fuente: El Dinamo.



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